Rechazan la oferta
99,29% de los 141 votos informados.

Queremos un acuerdo. Pedimos respeto por nuestras condiciones laborales, reajuste por inflación y un incremento real justo. Seguimos disponibles para conversar.
Comunicación del sindicato. No es una publicación del Directorio ni de la administración del colegio. Actualización: 29 de octubre de 2026.
La comunidad sindical se convocó a vestir de verde, como símbolo de esperanza y unidad. Durante la jornada se votó la oferta del colegio y se entregó una nueva contrapropuesta sindical.
99,29% de los 141 votos informados.
0,71% de los 141 votos informados.
Ante ministro de fe de la Dirección del Trabajo.
Detalle del escrutinio informado por la comunidad sindical: 140 rechazos y 1 aprobación. Porcentajes calculados sobre esos 141 votos y redondeados a dos decimales. El comunicado oficial expresa el resultado como 99%; su texto se conserva íntegro.
Según el tercer comunicado sindical, la oferta del 28 de octubre mejora lo anteriormente ofrecido al reconocer la gratificación de 2026, pero sigue sin alcanzar el piso de negociación para los años siguientes en incentivos por desempeño y gratificación. Esta es la posición expresada por el sindicato.
Tras la votación, el sindicato se reunió con representantes del colegio. El comunicado informa que presentó una contrapropuesta que mantiene el piso de negociación y flexibiliza el pago de beneficios para no recargar financieramente al colegio durante los próximos dos años. También propone aumentos del sueldo base en 2027 y 2028.
Respuesta pendiente al cierre de la actualización del 29 de octubre. El sindicato informa que aún no ha recibido respuesta y espera novedades el viernes 30 o durante el fin de semana. Esa expectativa no constituye un plazo comprometido por el colegio.
Leer el tercer comunicado sindical · Ver las fotografías · Registro sobre el SIMCE
Según lo informado por el sindicato, las remuneraciones de octubre pagadas el 29 incluyeron descuentos equivalentes a cinco días para los trabajadores en huelga, con excepción de los profesores que cumplen turnos de emergencia. A esa fecha habían transcurrido cuatro días de huelga, desde el lunes 26.
La diferencia informada es de un día. En los antecedentes recibidos para esta actualización no se incluye una explicación del colegio sobre el criterio de cálculo. Por ello, no se establece aquí si corresponde a una proyección del quinto día ni se califica jurídicamente el descuento.
Fuente: reporte de la comunidad sindical. No se han aportado liquidaciones individuales para verificar el cálculo.
Texto íntegro del comunicado compartido por el sindicato. Se conserva la redacción original, incluido el resultado expresado como 99%.
COMUNICADO SINDICAL
Estimada comunidad escolar:
Les informamos que ayer Miércoles 28 Octubre de 2026 la dirección del colegio nos entregó una nueva propuesta.
Esta nueva propuesta, si bien mejora lo anteriormente ofrecido, al reconocer el pago íntegro de la gratificación que forma parte de nuestro PISO DE NEGOCIACIÓN para este año 2026, sigue sin alcanzar el PISO DE NEGOCIACIÓN para los años siguientes respecto de remuneraciones importantes como son los incentivos por desempeño y la gratificación que deba pagarse esos años.
Conforme a lo que ordena el Código del Trabajo esta nueva propuesta debía ser sometida a votación ante ministro de fe. Así lo hicimos el día de hoy Jueves 29 de Octubre: solicitamos a la Inspección del Trabajo que acudiera al colegio a tomar la votación, la que se llevó a cabo hoy a las 11:30 AM. Una vez más el 99% de nuestros asociados rechazó la propuesta del colegio PORQUE AÚN NO SE RESPETA EL PISO DE NEGOCIACIÓN que hemos defendido desde el primer día de negociación.
Comprometidos con la urgencia de no dejar pasar el tiempo en vano, realizada esta votación solicitamos de inmediato una nueva reunión a la dirección del colegio para hacerles una nueva propuesta. Nos reunimos hoy a las 16:40 y nuestro Sindicato ha entregado una nueva propuesta a quienes representan al colegio, en la que manteniendo el PISO DE NEGOCIACIÓN proponemos flexibilizar el pago de nuestros beneficios de manera de no recargar financieramente al colegio los próximos dos años. Asimismo proponemos un aumento de sueldos base los años 2027 y 2028.
Esperamos que el colegio nos responda con el mismo sentido de urgencia con el que hemos actuado hasta ahora, reconociendo el PISO DE NEGOCIACIÓN que hemos defendido desde el principio y con un aumento salarial justo y razonable.
Queremos agradecer todas las muestras de apoyo y comprensión que hemos recibido de tantas familias del colegio estos días de huelga. Han sido días difíciles y agotadores pero en los que hemos podido recoger vuestra solidaridad y cariño, presencialmente o a través de numerosos mensajes ¡Muchas gracias a todos!
Les iremos informando lo que ocurra.
Fraternalmente
SINDICATO DEL COLEGIO BRADFORD
El CPA expresa preocupación por la exposición de estudiantes a manifestaciones y situaciones que pudieron afectar su tranquilidad, concentración y bienestar emocional. Reconoce el derecho a manifestarse y solicita a ambas partes coordinación, prudencia y resguardo de los alumnos.
El comunicado no menciona silbatos, música ni ruido como hechos específicos.
Según el relato de los participantes sindicalizados, la manifestación de la mañana del miércoles 28 en el acceso por calle Tahití fue ordenada, silenciosa y pacífica. Los funcionarios se ubicaron vestidos de blanco en la vereda del parque, con pancartas y sus demandas, mientras llegaban los alumnos y sus apoderados.
El sindicato señala que permanecieron en silencio: no utilizaron silbatos, no pusieron música ni realizaron acciones ruidosas. El propósito informado fue expresar sus demandas respetando el ingreso y la rendición del SIMCE.
Ambos registros se presentan con su atribución. La presencia silenciosa descrita por el sindicato y la preocupación del CPA por sus posibles efectos en los alumnos son afirmaciones distintas. El comunicado no permite atribuirle una denuncia específica de ruido, y el relato sindical no permite determinar cómo vivió la jornada cada estudiante.
COMUNICADO
DIRIGIDO AL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN EDUCACIONAL Y A LA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES
Estimados representantes:
Como Centro de Padres y Apoderados de Bradford School, queremos manifestar nuestra preocupación por los acontecimientos ocurridos durante la jornada de hoy, en el contexto de la huelga que afecta a nuestro establecimiento.
En particular, nos preocupa lo ocurrido con los estudiantes que debían rendir la evaluación SIMCE, quienes, pese a contar con un acceso alternativo, se vieron expuestos a manifestaciones y situaciones que pudieron alterar su tranquilidad, concentración y bienestar emocional.
Como CPA, reconocemos y respetamos el legítimo derecho de los trabajadores a manifestarse y desarrollar su proceso de negociación colectiva. Sin embargo, consideramos fundamental que ninguna acción, independiente de la parte que provenga, comprometa la seguridad, tranquilidad o bienestar de nuestros estudiantes y sus familias.
Nuestros niños y niñas no forman parte de este conflicto laboral y no deben verse expuestos a situaciones de tensión o confrontación adicionales a las que esta contingencia ya ha generado en su vida escolar y familiar.
Por ello, hacemos un llamado a ambas partes a actuar con responsabilidad, prudencia y respeto, solicitando que se adopten las medidas de coordinación y resguardo necesarias para evitar que situaciones similares vuelvan a ocurrir.
Reiteramos que, como Centro de Padres, mantenemos una posición independiente frente a la negociación colectiva. Nuestro principal compromiso es velar por el bienestar y la seguridad de los niños, niñas y familias de nuestra comunidad educativa.
Esperamos que este llamado sea acogido con la seriedad que merece, privilegiando siempre el diálogo, el respeto y la protección de nuestros estudiantes.
Atentamente,
Centro de Padres y Apoderados
Bradford School
Transcripción de la imagen compartida. La pieza no muestra fecha impresa; su referencia a la jornada del miércoles 28 corresponde al contexto informado por la comunidad.
Ver la imagen original del comunicado del CPADocumento de referencia actualizado. Los resúmenes y la comparación de esta página ahora usan la oferta del 28 de octubre. La oferta del 28 de octubre fue rechazada en la votación del 29: 140 votos de rechazo y 1 de aprobación, según el detalle informado. No hay un acuerdo firmado. Los comunicados previos se conservan como antecedentes históricos.
La oferta incorpora 1,75 remuneraciones en diciembre de 2026, excepcionalmente y por la firma. También ofrece al sindicato el 2,5% de la planilla anual para distribuir en 2026.
Nueva oferta: p. 15 y p. 12. La carta anuncia diciembre para ambos pagos.
2,92 UF con contrato vigente al 5 de septiembre. La nueva cláusula no exige asistencia mínima. La gratificación de 2027–2028 sí sigue sujeta a matrícula y asistencia.
Nueva oferta: p. 17; gratificación: pp. 14–15.
Ofrece IPC en septiembre de 2027 y 2028 para sueldo base, quinquenio y viático. El contrato anterior contemplaba marzo y septiembre, además del 2% real anual en los años indicados.
Nueva oferta: p. 18. Contrato: pp. 3–4.
Leer el análisis de la nueva oferta · Comparar todos los puntos
La carta y el texto de la oferta están fechados el 28 de octubre de 2026. La carta indica que se entregó una propuesta durante la huelga para conocimiento y votación de los trabajadores. Fue rechazada en la votación del 29 de octubre. El análisis se conserva como antecedente de la negociación; no corresponde a un acuerdo vigente.
Carta del colegio del 28 de octubre · documento consultado, copia no publicada · Política de confidencialidad de las ofertas
Para 2026 se ofrece expresamente 1,75 remuneraciones por la firma. En 2027–2028 el monto depende de la matrícula y, después, de la asistencia. La tabla anterior ya dependía de matrícula, pero tenía un mínimo de 1,75; la nueva llega a un mínimo de 1,00. La base de cálculo es sueldo base más quinquenio y jefaturas/coordinación, no necesariamente toda la liquidación.
| Grupo | Tabla del contrato 2023 | Oferta 2027–2028 |
|---|---|---|
| Integrantes del Anexo 1 | 1,75 remuneraciones | 1,50 remuneraciones |
| Afiliados posteriores, primer o segundo año de antigüedad | 1,75, cumpliendo requisitos anteriores | 1,25 remuneraciones |
| Afiliados posteriores con tres o más años de antigüedad | 1,75 | 1,50 remuneraciones |
1.214 es la matrícula 2026 que declara el colegio en su carta, no una proyección confirmada para 2027–2028. El ejemplo mantiene matrícula y base de remuneración iguales para aislar el cambio de tabla. Contrato pp. 12–13; oferta pp. 13–15.
El aguinaldo ya no tiene umbral de asistencia. La gratificación conserva un ajuste por asistencia, ahora proporcional desde 85% y con pago completo desde 95%. En el bono anual, la asistencia afecta el componente de participación del 15%. El CAE continúa condicionado a la aprobación FCE de los alumnos.
La carta sostiene que mantiene los beneficios y que no reduce sueldos base. Mantener el sueldo base nominal no equivale a mantener el valor total de todas las remuneraciones: cambian tablas, requisitos y calendarios. La carta también anuncia el premio del 2,5% en diciembre de 2026; el párrafo especial del texto de oferta no consigna allí esa fecha. Estos puntos requieren aclaración antes de asumir condiciones definitivas.
Las pérdidas, la caja de $46 millones a junio, el costo por alumno y el crecimiento de costos son cifras y afirmaciones del colegio en la carta. No constituyen una auditoría independiente realizada por esta página. La posición sindical sobre capacidad de financiamiento se conserva atribuida al sindicato.
Confidencialidad: no se publican copias, imágenes ni archivos descargables de las ofertas del colegio. Las referencias de página permiten identificar las cláusulas analizadas, pero no enlazan a los documentos. Se mantienen el análisis, la interpretación y las comparativas. Tampoco se publican copias ni imágenes del contrato colectivo de 2023.
Según la información y los cálculos del sindicato, el colegio puede mantener el piso de negociación. El comunicado sindical también sostiene que puede financiar un incremento real razonable desde 2027.
Respaldo pendiente: la memoria de cálculo no se ha incorporado a esta página. Esta afirmación expresa la posición sindical y todavía no permite una verificación financiera independiente. No presentamos una cifra de excedente ni atribuimos esta conclusión a la Inspección del Trabajo.
Simulación con 190 días de trabajo. Mueve el control de un día en un día para ver la asistencia y el pago. Ejemplo para un integrante del Anexo 1 con 1.214 alumnos: la nueva tabla entrega 1,50 remuneraciones antes del ajuste por asistencia; la tabla anterior entregaba 1,75 sin este umbral.
Cada paso representa un día entero. También puedes usar las flechas del teclado o los botones para ajustar un día.
Asistencia computable: 100% · 190 días asistidos.
Tabla: p. 14 · Regla: p. 15 · Exclusiones: p. 11 de la oferta. Referencias sin descarga.0 a 9 días
100% del monto de la nueva tabla.
9 días: 95,26% de asistencia.
10 a 28 días
Pago proporcional a la asistencia.
10 días: 94,74%; 28 días: 85,26%.
Desde 29 días
Sin pago de gratificación.
29 días: 84,74% de asistencia.
La trayectoria de la negociación, desde la perspectiva del sindicato.
Cronología remitida por el sindicato y compartida para esta página el 25 de octubre de 2026. Las denuncias, valoraciones y cifras de votación se presentan como información sindical; los documentos de contraste se enlazan donde están disponibles.
El sindicato informa que presentó su proyecto de contrato colectivo el 3 de septiembre, elaborado mediante asambleas y formularios con participación de la totalidad de sus socios y apoyo técnico de Feseduca.
Fecha por conciliar: la Resolución 610 registra la presentación el 4 de septiembre en su considerando 1. Se mantienen ambas referencias sin resolver la diferencia: resolución, p. 1 (referencia; copia no publicada).
Según el sindicato, el colegio argumentó falta de fondos, calificó el acuerdo de 2023 como «una locura» y suprimió o unificó cláusulas históricas en su respuesta. El sindicato señala que dos negociadores actuales del colegio habían firmado el acuerdo anterior.
La entrega de la respuesta el 14 de septiembre consta en la Resolución 610, p. 1 (referencia; copia no publicada). La frase atribuida y el contenido de esa primera respuesta provienen del relato sindical; no se adjuntó el documento del 14 de septiembre.
El sindicato relata dos reuniones en las que solicitó ampliar el tiempo para abordar asuntos críticos. Entre ellos, denunció que trabajadores debían transitar por techos que considera inseguros para acceder a bodegas. También reclamó por la eliminación de la gratificación de 1,75 sueldos y el incumplimiento del piso de negociación.
La resolución registra el reclamo sindical el 16 de septiembre y una audiencia el 29 de septiembre: p. 1. La denuncia sobre seguridad laboral no cuenta aquí con informe técnico o acta de fiscalización.
La Resolución 610 da cuenta de que la Resolución 597, de 6 de octubre, acogió reclamaciones sindicales. El 15 de octubre, la Inspección rechazó el recurso de reposición del colegio. Su razonamiento reconoce la regularidad y periodicidad de la gratificación y la preservación de beneficios que integran el piso.
El sindicato interpreta estas decisiones como la obligación de mantener la gratificación de 1,75 sueldos. Para verificar el alcance documental, consulta la resolución y la tabla del contrato anterior, cuyo primer tramo era de 1,75 remuneraciones.
Resolución 610: p. 1, pp. 9-10 y decisión, p. 11 (referencia; copia no publicada). Contrato: pp. 12-13. No se aportó por separado el texto íntegro de la Resolución 597.
El sindicato comunica un rechazo del 99,7% a la última oferta, que considera contraria al piso de negociación, y la aprobación de la huelga.
Porcentaje informado por el sindicato; acta y total de votantes pendientes de incorporar. El PDF usado en esta página está fechado el 13 de octubre: el 16 corresponde a la votación según esta cronología, no a la fecha de ese documento. El Ciudadano informa un rechazo de más del 99%. The Clinic publica un 99,3%; ver la diferencia entre fuentes.
Según el sindicato, comenzaron las audiencias ante la DT y se presentaron informes financieros institucionales que, a su juicio, acreditan una situación económica sana y permiten financiar el proyecto colectivo. Señala que la nueva propuesta del colegio continuó sin respetar el piso.
Esta es la conclusión financiera del sindicato. Los balances, la memoria de cálculo y las actas de mediación no están incorporados a esta página; la conclusión no se presenta como auditoría independiente.
El sindicato informa que sus bases volvieron a votar y rechazaron nuevamente la propuesta del colegio, ratificando su posición de defender las condiciones laborales alcanzadas.
No se aportó el acta ni un resultado numérico específico de esta segunda votación.
Según la cronología sindical, al finalizar la mediación el colegio cerró unilateralmente la mesa y se negó a continuar las conversaciones. El sindicato afirma haber dejado constancia ante el mediador de su disposición a negociar el sábado y domingo para evitar la huelga.
El comunicado sindical recibido confirma el término de la sesión sin acuerdo y la presentación de una propuesta de dos años con menores pretensiones económicas. La constancia ante el mediador no está adjunta. Por su parte, el correo del Directorio del 23 afirma que mantendría su disposición a buscar un acuerdo. Se distinguen las posiciones de ambas partes.
En su carta, el Directorio afirma que ha reducido gastos y aumentado las colegiaturas para estabilizar las finanzas. Sostiene que existe una diferencia entre lo solicitado por el sindicato y los recursos disponibles, y declara disposición a retomar el diálogo dentro de sus posibilidades económicas.
El documento de preguntas y respuestas anuncia la suspensión de actividades académicas, extraprogramáticas y extracurriculares; señala que no hay fecha cierta de término y que la recuperación de clases y los ajustes al calendario serán evaluados.
Fuentes ahora disponibles: carta del Directorio del 24 (referencia; copia no publicada) y preguntas y respuestas del 24 (referencia; copia no publicada). Ver el resumen para las familias. Estas son las posiciones comunicadas por el colegio; no acreditan por sí solas sus cifras financieras.
Se informa del bloqueo de correos de funcionarios y alumnos. Según la confirmación recibida para esta página, el bloqueo fue corroborado mediante múltiples pantallazos de casi todo el cuerpo sindical, incluido personal de TI.
La corroboración se atribuye a quienes reunieron las capturas. Estas no se han incorporado a esta página ni fueron examinadas para esta edición; no se determina aquí la causa técnica, la duración ni el alcance exacto entre las cuentas de alumnos.
En su comunicado de huelga legal, el sindicato informa que el viernes 23 presentó una propuesta de dos años, con montos considerablemente inferiores al proyecto original y respeto por el piso de negociación. Señala que ofreció postergar tanto el reajuste periódico por inflación como el incremento real de los sueldos base hasta septiembre de 2027, para no aumentar los costos previstos de 2026.
El sindicato afirma que ofreció continuar las conversaciones durante el fin de semana, pero que no recibió una nueva llamada. Anuncia la huelga para el lunes 26, manifiesta que no está dirigida contra el colegio ni los alumnos y expresa su disposición a responder las dudas de la comunidad.
Texto sindical facilitado para esta página. Se ubica el 25 porque anuncia el inicio «mañana Lunes 26 de Octubre»; el texto recibido no lleva una fecha explícita en el encabezado.
COMUNICADO DE HUELGA LEGAL
Estimada comunidad escolar:
Les informamos que el Viernes 23 de Octubre concluyó la mediación ante la Inspección del Trabajo sin que haya sido posible llegar a un acuerdo con la dirección del colegio, pese a que ese día nuestro Sindicato presentó una nueva propuesta que en base al respeto de nuestro PISO DE NEGOCIACIÓN ofrece celebrar un nuevo contrato colectivo por los próximos dos años, con valores considerablemente inferiores a nuestro proyecto original e incluso postergando la aplicación de reajuste periódico por inflación y de incremento real de sueldos bases para Septiembre de 2027, con el fin de no aumentar los costos previstos para este año 2026. Informamos a quienes representan a la Corporación que estábamos disponibles para seguir conversando este fin de semana y buscar algún tipo de acuerdo que impidiera la huelga legal.
Sin embargo, no nos volvieron a llamar para reiniciar las conversaciones por lo que hemos perdido un tiempo precioso para prevenir la huelga.
Ante el silencio de quienes representan a la Corporación no nos queda más que iniciar la huelga mañana Lunes 26 de Octubre para defender nuestras remuneraciones y beneficios.
Queridos alumnos, padres y apoderados: No hacemos esta huelga legal en contra del colegio ni de nuestros alumnos. Nos duele en el alma tener que suspender las clases. Pero la dirección del colegio se ha mostrado cerrada a mantener las conversaciones y buscar esfuerzos compartidos para lograr un acuerdo que sea justo y razonable que considere la verdadera situación económica del colegio.
Así que mañana se inicia nuestra movilización legal. Esperamos todas las muestras de apoyo y cariño y estamos disponibles para contestar todas vuestras preguntas y dudas.
Fraternalmente
SINDICATO DEL COLEGIO BRADFORD
la transcripción en texto (referencia; copia no publicada)
Este lunes 26 de octubre de 2026 comenzó la huelga de los trabajadores del Colegio Bradford, tras el término de la mediación sin acuerdo. El sindicato mantiene su disposición a dialogar y alcanzar un acuerdo.
Inicio confirmado por la información recibida para esta actualización. Fotografía aportada del comienzo de la movilización.

Ver la galería del inicio de la huelga: 19 fotografías
La jornada también fue recogida por El Ciudadano, con la respuesta del Directorio y la posición sindical.
Según el balance compartido por el sindicato, participó la totalidad del cuerpo sindical, sin ausencias. La organización califica la primera jornada como un éxito rotundo y destaca la presencia de apoderados que acudieron a apoyar, además de las muestras de respaldo de automovilistas y buses mediante bocinazos.
El reporte sindical señala que jefaturas observaron la movilización desde una ventana al interior del colegio. Al finalizar la jornada, los manifestantes limpiaron el frontis y se retiraron del lugar de forma ordenada.
Balance de la jornada informado para esta página el 26 de octubre de 2026. La asistencia total corresponde a la movilización de hoy; no es el porcentaje de una votación. Ver los registros de la jornada en la Galería.
El sindicato informa que la totalidad de los funcionarios sindicalizados ha sido bloqueada de Educamos, la plataforma donde se realiza la gestión académica. Este reporte se suma al bloqueo de correos institucionales comunicado anteriormente.
Al momento de este balance del 26 de octubre, el sindicato señala que aún no ha recibido noticias del Directorio o del colegio sobre una nueva oferta.
Información aportada para esta actualización. El reporte no determina la causa técnica ni la duración del bloqueo de Educamos; la situación de la negociación se describe al momento del balance.
El Directorio afirma que la propuesta del 22 de octubre mejora la anterior y anuncia que trabaja en una nueva propuesta. Su carta aborda reajuste, gratificación, asistencia y continuidad del diálogo.
la carta íntegra del 26 de octubre (referencia; copia no publicada).
Para la jornada del martes 27 de octubre, el sindicato convoca a asistir de color rojo y con algún detalle de Halloween.
Convocatoria compartida el 26 de octubre para el día siguiente; se presenta como actividad programada.
En su comunicado de este martes, el sindicato informa que inicia el segundo día de huelga sin invitación a retomar las negociaciones. Cuestiona las afirmaciones del Directorio sobre reajustes, gratificación y ausencia de rebajas; recuerda su propuesta del viernes 23, que dice fue rechazada de inmediato.
Al momento de emitir el comunicado, señala que no ha recibido ninguna nueva propuesta. Esta descripción corresponde al estado informado el 27 de octubre.
Según informa el sindicato, a pesar de las lluvias intensas que ocurrieron en Santiago el lunes 26 de octubre, la presión y la movilización se mantienen en Bradford. Los registros del segundo día de huelga muestran prendas rojas y accesorios de Halloween, en línea con la convocatoria.
Ver las 13 fotografías del 27 de octubre.
Reporte e imágenes compartidos por la comunidad sindical el 27 de octubre de 2026.
Según el reporte del sindicato, durante la mañana se realizó una manifestación pacífica y silenciosa en la entrada Tahití de Bradford. Los funcionarios expresaron su apoyo a los alumnos que ingresaban a rendir el SIMCE y compartieron información sobre la movilización con los apoderados.
La actividad se mantuvo en silencio para respetar el proceso y contribuir a que los estudiantes rindieran la prueba con la menor interrupción posible. El sindicato informa que la rectora, los directores de estudio y los heads de cada sección estaban recibiendo a los alumnos en el acceso.
Los funcionarios sindicalizados organizaron colectivamente una mesa y una olla común, preparando completos para la hora de colación. La jornada también fue un espacio de colaboración y apoyo entre compañeros.
Ver las siete fotografías del 28 de octubre. Leer las palabras de aliento del profesor Daniel.
Relato y fotografías aportados por la comunidad sindical el 28 de octubre de 2026.
El sindicato informa que, después de las manifestaciones de la mañana, la jefa de Recursos Humanos citó a los dirigentes sindicales a conversar a las 15:00 de este miércoles 28 de octubre.
Registro inicial: al informar la citación, los resultados de esa conversación estaban pendientes. Posteriormente se recibió la nueva oferta fechada el 28 de octubre, incorporada más abajo. No se dispone aquí de un acta de la conversación ni de un acuerdo confirmado.
Información comunicada por el sindicato el 28 de octubre.
Se incorporan a esta página la carta a trabajadores y el texto de la nueva oferta, ambos fechados el 28 de octubre. Incluye gratificación de 1,75 remuneraciones para diciembre de 2026 por la firma, 2,5% de la planilla para distribuir en 2026, IPC en septiembre de 2027 y 2028 y cambios en asistencia. La recepción de estos documentos no acredita aceptación ni término de la huelga.
Leer el análisis de la nueva oferta · Comparación completa con el contrato 2023.
En la agenda comunicada por el sindicato el 28 de octubre se anunció una mediación con la Dirección del Trabajo para el jueves 29. El 29 se informó de una votación ante ministro de fe a las 11:30 y una reunión con representantes del colegio a las 16:40. Estas actuaciones se registran por separado, sin equipararlas automáticamente a la mediación anunciada.
Agenda informada por el sindicato el 28 de octubre; no corresponde a una mediación ya realizada.
140 rechazos y 1 aprobación, según el escrutinio informado por la comunidad sindical: 99,29% de rechazo entre los 141 votos informados. La Dirección del Trabajo actuó como ministro de fe.
El tercer comunicado informa una reunión con representantes del colegio para proponer flexibilidad en el pago de beneficios, manteniendo el piso de negociación, y aumentos del sueldo base en 2027 y 2028. Al cierre del reporte, la respuesta seguía pendiente.
Ver el balance del cuarto díaLa posición del sindicato: defender las condiciones laborales y rechazar una oferta no significa cerrar el diálogo. Seguimos disponibles para alcanzar un acuerdo.
Actualización documental del 28 de octubre: este bloque conserva los comunicados históricos íntegros. Para las condiciones de la oferta más reciente, consulta el análisis del 28 de octubre.
El sindicato cuestiona la información sobre la oferta, la gratificación y las rebajas de remuneraciones, y señala que aún espera una nueva propuesta.
Resumen de la carta del Directorio del 26 de octubre y del comunicado sindical del 27. Las afirmaciones de cada parte se atribuyen a su fuente; esta comparación no resuelve las diferencias ni sustituye los documentos originales.
la carta íntegra del Directorio · PDF, 3 páginas (referencia; copia no publicada) · Leer el comunicado sindical íntegro
Qué dice el colegio: El Directorio sostiene que presentó una oferta mejorada el jueves 22, distinta a la del 13, y que sigue vigente (p. 1).
Qué responde el sindicato: El comunicado sindical dice que esa propuesta fue rechazada ese mismo jueves por el 99% de sus socios, por no ofrecer un reajuste real y reducir remuneraciones y beneficios (punto 1).
Qué dice el colegio: La carta señala que la mediación terminó el viernes 23 y declara disposición a continuar el diálogo (p. 3).
Qué responde el sindicato: El sindicato afirma que presentó el viernes 23 una propuesta que postergaba el IPC y un aumento de sueldo base hasta septiembre de 2027, y que fue rechazada de inmediato. Al iniciar el segundo día de huelga, dice no haber sido invitado a retomar las negociaciones (introducción y punto 2).
Qué dice el colegio: El colegio afirma que ofrece IPC en cada año del contrato y que los sueldos no están congelados (p. 2).
Qué responde el sindicato: El sindicato sostiene que la propuesta no incluye reajuste real ni mejora salarial para los próximos tres años (punto 1). Un reajuste por IPC y un incremento real son conceptos distintos: estos comunicados no permiten reconstruir por sí solos el calendario y las condiciones completos de la oferta discutida.
Qué dice el colegio: El Directorio afirma que se mantiene, vinculada a la matrícula, y que crecería si esta aumenta (p. 2).
Qué responde el sindicato: El sindicato denuncia que no se pagaría en 2026 y que luego se reduciría sin garantizar el mínimo actual. Invoca la resolución de la DT sobre el piso de negociación. También sostiene que los ingresos por matrícula y mensualidades de 2026 superarán los de 2025 (puntos 3 y 6).
Qué dice el colegio: La carta afirma que no se rebaja ningún sueldo, que la asistencia afecta solo una parte menor de un bono y que excluye vacaciones, maternidad y permisos legales (p. 2).
Qué responde el sindicato: El sindicato señala reducciones en gratificación, premio e incentivos por desempeño y turnos de patio y recreo; atribuye al colegio una reducción de alrededor de $200 millones en tres años. Cuestiona además la claridad de las condiciones y el tratamiento de ausencias justificadas (puntos 4 y 5).
Qué dice el colegio: El Directorio anuncia que trabaja en una nueva propuesta (p. 3) y afirma que 39 de 42 puntos se mantienen o están resueltos (p. 1).
Qué responde el sindicato: Al emitir su comunicado del 27 de octubre, el sindicato dice no haber recibido una nueva propuesta (punto 7). No se dispone aquí de una lista de acuerdos confirmada por ambas partes; por eso esta página no asigna indicadores de acuerdo a cada materia.
Alcance de la comparación: la cifra de $200 millones y la proyección de ingresos corresponden a afirmaciones sindicales; no se adjuntó su memoria de cálculo. La carta del Directorio no equivale al texto completo de una nueva oferta. Este bloque conserva la discusión del 26 y 27 de octubre. La comparación actualizada usa la nueva oferta recibida del 28 de octubre; las declaraciones históricas se mantienen sin reescribirlas.
COMUNICADO SINDICAL
Estimada comunidad escolar:
Hoy Martes 27 de Octubre de 2026 iniciamos nuestro segundo día de huelga sin que la dirección del colegio nos haya invitado a retomar las negociaciones.
En vez de volver a reunirse con nuestro Sindicato la dirección del colegio ha enviado una carta a los padres y apoderados acerca de su postura en la negociación colectiva que concluyó sin acuerdo. Esta carta ofrece información incompleta e incorrecta que debemos precisar:
1) La carta del colegio señala que el Jueves 22 de Octubre presentó una propuesta mejorada respecto del reajuste de remuneraciones y la gratificación, que aún está vigente. Olvida mencionar que esa propuesta fue rechaza por el 99% de nuestros socios es mismo día Jueves 22 de Octubre, porque no incluía ningún reajuste real de remuneraciones y beneficios por los próximos 3 años y reducía actuales remuneraciones como gratificación anual, premio al desempeño, incentivos por desempeño y bono por turnos de patio y recreo. Tampoco incluye ninguna mejora salarial por los próximos tres años.
2) La carta del colegio omite señalar que nuestro Sindicato presentó una nueva propuesta el Viernes 23 de Octubre, que acepta posponer la aplicación de reajuste según IPC a Septiembre de 2027 y también propone un aumento de sueldo base para ese mes. Esa propuesta fue de inmediato rechazada por el colegio.
3. La carta del colegio afirma que en su propuesta la gratificación anual se mantiene: eso no es efectivo. Proponen no pagar la gratificación este año 2026 (pese a que la Dirección del Trabajo resolvió que ese pago estaba incluido en el PISO LEGAL DE NEGOCIACIÓN) y para los próximos años propone reducir el monto de la gratificación sin garantizar el monto mínimo que actualmente existe. Queremos ser precisos: el colegio pretende reducir la actual gratificación y no mantenerla.
4. La carta del colegio afirma también que no desea rebajar ninguna remuneración. Ello tampoco es efectivo: su propuesta del Jueves 22 de Octubre precisamente fue rechazada porque rebaja remuneraciones como la gratificación anual, el premio al desempeño, los incentivos por desempeño y el bono por turnos de patio y recreo. Nuevamente queremos ser precisos: el colegio ha declarado que desea reducir el valor de nuestras remuneraciones y beneficios en alrededor de 200 millones de pesos los próximos tres años. Esa es el motivo que nos llevó a la actual huelga.
5. La carta del colegio señala que la exigencia de asistencia sólo daría lugar a la pérdida de una parte menor de bonos. La verdad es que la asistencia es sólo una de las nuevas condiciones que desea imponer el colegio para reducir y cuestionar el pago de remuneraciones y bonos, sin haber explicado cómo se aplicarían estas condiciones. Tampoco ha explicado si las ausencias justificadas se aplicarían para descontar bonos y remuneraciones. No hay claridad ni certeza en lo que ha propuesto el colegio.
6. Finalmente, el colegio indica que su propuesta es que si la matrícula crece el beneficio también debe crecer. Pues bien, precisamente este año 2026 los ingresos por matricula y mensualidades en el colegio van a ser superiores a los del año 2025 y pese a ello, el colegio no quiere pagar gratificación este año 2026. Incumple su propio principio.
7. La carta del colegio a los padres y apoderados informa que están trabajando en una nueva propuesta para presentar al Sindicato. Hasta ahora no nos han entregado ninguna nueva propuesta. Seguimos esperando.
Les mantendremos informados de lo que ocurra.
Fraternalmente
SINDICATO DEL COLEGIO BRADFORD
Texto remitido para esta página, conservado sin correcciones. Texto sindical transcrito en esta página; archivo no publicado.
Resumen de la carta y de sus preguntas y respuestas. Cada punto corresponde a lo que el colegio comunicó; las decisiones que anunció como sujetas a evaluación no se presentan como acuerdos ya adoptados.
El colegio comunica la suspensión de clases, talleres, entrenamientos, campeonatos y eventos. Aclara que esto no implica el cierre total del establecimiento, porque quienes no participan de la huelga pueden continuar sus funciones. No establece una fecha cierta de término.
Preguntas 3 y 4: p. 1 y p. 2.
El Directorio señala que evaluará recuperación de clases, ajustes al calendario y eventualmente uso de vacaciones o extensión del año, según días afectados y autorizaciones. Las pruebas y actividades se revisarían para reprogramarlas. Para IV Medio y otros cursos con hitos importantes, anuncia evaluación de medidas específicas.
Preguntas 5 a 8: p. 2 y p. 3.
El colegio afirma que el contrato de servicios educacionales no contempla descuentos ni devoluciones por huelga. También remite a convenios del CPA con instituciones externas. La afirmación contractual es la posición del colegio; el contrato de servicios de las familias no fue aportado para esta página.
Preguntas 9 y 10: p. 3.
El Directorio atribuye el desacuerdo a límites económicos, sostiene que busca una solución sostenible y declara disposición a conversar. Si la interrupción se prolonga, anuncia que reevaluará sus medidas de contingencia y comunicará novedades por canales institucionales. Estas declaraciones se presentan junto al relato sindical sobre la ausencia de nuevas llamadas y el bloqueo de correos.
Carta del 24 (referencia; copia no publicada); preguntas 1, 2, 11 y 12: p. 1, p. 3 y p. 4.
el PDF original de preguntas y respuestas (referencia; copia no publicada) · la carta original del Directorio (referencia; copia no publicada)
“Hemos enfrentado la lluvia, los truenos, los relámpagos, el barro y, ahora, el sol. Por sobre todo, hemos enfrentado la falta de disposición al diálogo y los obstáculos para llegar a acuerdos con la institución a la que dedicamos nuestra vocación. Sin embargo, no todo ha sido negativo: en este camino hemos descubierto a nuevas personas, mostrando diversas facetas de sus vidas, aportando su juventud y entusiasmo, o brindando la experiencia que dan los años. Todos enfocados en un mismo objetivo, conformamos un gran grupo y somos mejores personas que sueñan con un futuro mejor… vamos que se puede!!!”
Profesor Daniel · Palabras de aliento compartidas por la comunidad sindical.
Registro fotográfico compartido por la comunidad sindical. Selecciona una foto para verla completa.
Ocho registros compartidos de la jornada: encuentro sindical, música en el frontis y momentos de colación y compañerismo.
Este álbum corresponde al 29 de octubre y reúne distintos momentos y lugares. No documenta la manifestación silenciosa de la mañana del 28 en el acceso Tahití.








Una mañana de manifestación silenciosa y pacífica en la entrada Tahití, en apoyo a los alumnos que rendían el SIMCE, y una colación comunitaria organizada por los funcionarios sindicalizados.
Siete fotografías compartidas por la comunidad sindical. El álbum reúne distintos momentos y lugares de la jornada; la manifestación silenciosa corresponde a la actividad de la mañana en Tahití.







El sindicato informa que, pese a las lluvias intensas ocurridas en Santiago el lunes 26 de octubre, mantiene la presión y la movilización en Bradford. Las imágenes del martes 27 muestran la jornada con prendas rojas y detalles de Halloween.
13 fotografías compartidas por la comunidad sindical, fechadas el 27 de octubre. El reporte sobre las lluvias y la continuidad de la movilización fue aportado por el sindicato.













19 fotografías de la jornada, incluidos los nuevos registros compartidos por la comunidad.



















29 de octubre de 2026 · 15:49 · Kevin Vejar
La nota aborda el cuarto día de huelga y recoge la denuncia sindical de una reducción de beneficios y un ahorro de hasta $200 millones a costa de las remuneraciones. También reproduce la posición de la Corporación: resguardar el empleo y la sostenibilidad del colegio, y continuar buscando un acuerdo.
Resumen de una publicación periodística que cita antecedentes del inicio del conflicto. No se presenta como cobertura del resultado de la votación ni de la contrapropuesta entregada el 29.
Leer la nota en BioBioChile ↗La comunidad sindical comparte una mención de Renata Bravo a la huelga de Bradford en el capítulo 407 de Plan Perfecto.
Capítulo publicado el 29 de octubre de 2026. Tramo indicado por la comunidad: 1:00–1:09. La referencia a la mención proviene del registro aportado; no se incorpora una cita textual ni se atribuye un respaldo institucional al canal.
Ver el capítulo en Chilevisión ↗28 de octubre de 2026 · 07:23 · Emol.
Los factores que impulsan las huelgas en colegios particulares y la red sindical detrás de ellas
La nota sitúa el conflicto de Bradford en el contexto de las movilizaciones en colegios particulares. Informa que más de 150 trabajadores de Bradford iniciaron una paralización el lunes tras la negociación colectiva y menciona también los casos de María Auxiliadora y San Ignacio El Bosque.
La cifra de trabajadores corresponde a lo publicado por el medio.
Dominga Krotik · 26 de octubre de 2026.
La nota recoge el inicio de la huelga, la suspensión de clases comunicada por el colegio y el desacuerdo sobre los beneficios del contrato colectivo. Presenta la posición sindical sobre el piso de negociación y los argumentos financieros, junto con la postura del establecimiento sobre sostenibilidad y disposición al diálogo.
También recoge testimonios sindicales sobre el apoyo de apoderados, exalumnos y alumnos, y la falta de nuevas comunicaciones al acercarse el cierre de la primera jornada.
Diferencia entre fuentes: The Clinic informa un 99,3% de apoyo en la votación; la cronología sindical recibida previamente indica 99,7%. Sin el acta, esta página no resuelve la diferencia. Ninguno de esos porcentajes corresponde a la asistencia a la huelga.
26 de octubre de 2026.
La nota informa del inicio de la huelga y recoge las posiciones de ambas partes sobre la información financiera.
Posición sindical: el testimonio publicado cuestiona la diferencia entre los costos de remuneraciones informados y los cálculos sindicales, y señala que esa discrepancia fue decisiva en el fracaso de la mediación. También sostiene que la propuesta no respeta el piso de negociación.
Respuesta del Directorio: el colegio afirma haber actuado conforme a la normativa y haber transparentado su situación financiera y sus posibilidades económicas. Reconoce los efectos de la huelga en la comunidad y expresa disposición a retomar el diálogo.
Son posiciones recogidas por el medio; esta nota no constituye una auditoría de las cuentas.
Artículo de Leonardo Buitrago, publicado el 24 de octubre de 2026. Se basa en el testimonio de un afiliado cuya identidad se mantiene en reserva.
El medio recoge el desacuerdo sindical con el costo anual de remuneraciones: la administración habría informado $6.000 millones, mientras la lectura sindical de los balances arrojaría $4.500 millones. La diferencia alegada es de $1.500 millones; no equivale a excedentes disponibles ni demuestra por sí sola capacidad de pago.
El entrevistado menciona un reajuste cercano al 3% sobre IPC, la preservación de la gratificación de 1,75 sueldos y un llamado a mayor transparencia financiera y diálogo con las familias.
Estas cifras son declaraciones recogidas por el medio. Faltan los balances y el petitorio para verificar bases de cálculo, alcance y período del reajuste. Para los montos y condiciones de la oferta, esta página conserva las referencias al documento original.
Leer el artículo completo en El Ciudadano
Federación de Sindicatos CCU · 25 de octubre de 2026.
La publicación recoge la perspectiva sindical sobre la huelga anunciada para el lunes 26, la defensa de beneficios conquistados y las discrepancias sobre las cifras de remuneraciones presentadas por la administración.
El artículo identifica a El Ciudadano como fuente. Es una nueva difusión de esa cobertura, no una verificación financiera independiente.
Oferta del 28 de octubre, rechazada el 29. Estos colores describen los cambios respecto del contrato de 2023; no indican puntos acordados. La nueva contrapropuesta sindical no sustituye aquí al documento comparado.
Revisión documental · 29 de octubre de 2026: se verificaron nuevamente el contrato colectivo de 2023 y la última oferta fechada el 28 de octubre. Son las mismas versiones utilizadas en la comparación anterior. Las referencias indican páginas consultadas; no permiten descargar documentos.
Comparamos las condiciones del contrato firmado en 2023 con la última oferta escrita del colegio, del 28 de octubre. La oferta aún no es un acuerdo firmado. Los colores expresan nuestra lectura documental del cambio, no acuerdos confirmados.
Cómo leer los colores: azul conserva las reglas anteriores, aunque ya tuvieran requisitos; amarillo mantiene un beneficio o su máximo, pero añade condiciones o restricciones que pueden reducir el pago. Rojo identifica una rebaja de monto, frecuencia, cobertura o una cláusula omitida. Verde identifica una mejora concreta o una facilidad nueva. Un punto puede tener varios colores si sus componentes cambian en sentidos diferentes; el fundamento explica cada uno. No se suma el número de colores como balance económico.
Se respetan los años que fija cada cláusula. Los pesos impresos en el contrato anterior deben actualizarse cuando correspondía IPC antes de comparar montos actuales. Los pagos únicos no se tratan como beneficios recurrentes. Si falta una equivalencia verificable, se indica qué debe aclararse. Esta comparación no determina el piso legal ni la extinción de derechos por una omisión.
Confidencialidad: aquí solo se publican síntesis y referencias de página, sin enlaces de descarga de los documentos comparados.
El contrato fija 1,80 remuneraciones para 2023 y una tabla de 1,75 a 2,10 para 2024 y 2025. No enumera 2026 en ese calendario; el pago de 2026 fue materia de la controversia sobre el piso.
p. 12 · p. 13Ofrece expresamente 1,75 remuneraciones mensuales en diciembre de 2026, excepcionalmente y solo con motivo de la firma.
p. 15Amarillo: conserva el mínimo de 1,75 de la tabla anterior, sujeto a firma. Rojo: no conserva la escala superior de hasta 2,10 ni el pago de 1,80 fijado específicamente para 2023. El contrato anterior no enumera 2026: esta comparación del mínimo no resuelve la controversia sobre ese año.
Tabla anterior: mínimo de 1,75 remuneraciones con hasta 1.235 alumnos; escala hasta 2,10 sobre 1.270.
p. 12 · p. 13Para quienes figuran en el Anexo 1: 1,00 hasta 1.200 alumnos; 1,25 con 1.201–1.210; 1,50 con 1.211–1.220; 1,65 con 1.221–1.225; 1,75 con 1.226–1.230; 1,80 con 1.231–1.240; 1,85 con 1.241–1.250; 1,90 con 1.251–1.260; 2,00 desde 1.261. Matrícula al 30 de septiembre y pago en diciembre de cada año.
p. 13 · p. 14 · p. 15La tabla baja para hasta 1.225 alumnos y desde 1.246; mejora de 1,75 a 1,80 solo entre 1.231 y 1.235. Se mantiene entre 1.226–1.230 y 1.236–1.245, pero con nueva condición de asistencia. El mínimo baja de 1,75 a 1,00 y el máximo de 2,10 a 2,00. Los colores distinguen tramos, antes de aplicar asistencia.
No hay una tabla separada por fecha de afiliación: exige al menos seis meses de antigüedad en la Corporación.
p. 12 · p. 13Para afiliados posteriores no incluidos en Anexo 1, durante el primer y segundo año de antigüedad: 1,00 hasta 1.210 alumnos; 1,25 con 1.211–1.220; 1,35 con 1.221–1.225; 1,50 con 1.226–1.230; 1,65 con 1.231–1.240; 1,75 con 1.241–1.250; 1,80 con 1.251–1.260; 2,00 desde 1.261. Desde tres años de antigüedad se aplica la tabla del Anexo 1.
p. 13 · p. 14 · p. 15La tabla de los primeros dos años es inferior a la tabla única anterior en todos los tramos de matrícula. Desde tres años se aplica la tabla del Anexo 1, con los cambios descritos arriba. Se agregan seis meses de afiliación sindical y asistencia.
Seis meses de antigüedad laboral, contrato vigente al 1 de diciembre y proporcionalidad por tiempo trabajado. Sin umbral de asistencia del 85% o 95%.
p. 12 · p. 13Exige seis meses de afiliación sindical. Para 2027–2028: asistencia de enero a noviembre ≥95% paga 100%; de 85% a menos de 95%, pago proporcional al porcentaje de asistencia; menos de 85%, no paga. Contrato vigente al 1 de diciembre.
p. 11 · p. 13 · p. 15Se conserva el beneficio, pero el acceso cambia de seis meses de antigüedad laboral a seis meses de afiliación sindical y se incorpora asistencia: ≥95% paga completo; 85% a menos de 95% paga el porcentaje de asistencia; menos de 85% paga cero. El amarillo se refiere a estas nuevas condiciones; las rebajas de tabla se muestran por separado.
2,92 UF brutas, con contrato vigente al 5 de septiembre.
p. 15Desde 2027: 2,92 UF brutas, con contrato vigente al 5 de septiembre. La cláusula no exige porcentaje de asistencia.
p. 11 · p. 17Mantiene 2,92 UF y contrato vigente al 5 de septiembre. No añade asistencia en la cláusula del aguinaldo. La referencia cruzada de la regla de ausencias no establece por sí sola un umbral de asistencia para este beneficio.
IPC semestral en marzo y septiembre de 2024, 2025 y 2026 sobre sueldo base, quinquenio, movilización, capacitación y viático. Más de tres meses de antigüedad y anexo.
p. 4IPC acumulado al año inmediatamente anterior en septiembre de 2027 y septiembre de 2028, para sueldo base, quinquenio y viático. Más de seis meses de antigüedad y anexo; sin retroactividad. Beneficios en UF al valor de pago; demás beneficios en pesos sin reajuste.
p. 18Reduce la frecuencia de reajuste de marzo y septiembre a septiembre de 2027 y 2028, excluye movilización de la lista y aumenta la antigüedad exigida de más de tres a más de seis meses. No fija una tasa porcentual: remite al IPC. Debe precisarse el período acumulado y la aplicación a quinquenio y viático.
2% en marzo de 2024, 2025 y 2026, antes del IPC, con requisitos.
p. 3 · p. 4No contiene un incremento real de 2% ni otra tasa adicional al IPC en su cláusula de reajuste.
p. 18No renueva el incremento real anual de 2% previsto para marzo de 2024, 2025 y 2026. Sí propone IPC, que es distinto de un aumento real. La omisión de nuevos incrementos no implica deshacer aumentos ya incorporados al sueldo.
Premio de 3% de la planilla en 2024 y 2025: 2,5% distribuido por el sindicato y 0,5% por evaluación. La entrega general se señala en diciembre; la Corporación define la oportunidad del componente evaluado. La cláusula enumera esos años.
p. 15 · p. 16Para 2026, excepcionalmente por la firma, entrega al sindicato 2,5% de la planilla anual para distribuir. Define la remuneración con sueldo base, quinquenio y jefaturas/coordinación.
p. 12Frente al esquema anterior de 3% de planilla, reproduce 2,5% para distribución sindical y no el 0,5% adicional por evaluación; además lo sujeta a firma. Los años del contrato anterior eran 2024–2025: no se afirma que ese calendario incluya expresamente 2026. El párrafo excepcional no fija fecha de pago.
Premio de 3% de la planilla (2,5% para distribución sindical y 0,5% por evaluación) y, separadamente, incentivos selectivos de incremento del sueldo base de 1,5% o 0,75%.
p. 10 · p. 11 · p. 15 · p. 16Los refunde en un bono de referencia de $800.000 brutos anuales por trabajador: 55% desempeño individual, 15% resultados del colegio, 15% participación/asistencia y 15% antigüedad. Pago hasta abril siguiente; seis meses de antigüedad al 31 de diciembre y contrato vigente al pagar.
p. 9 · p. 10 · p. 11 · p. 12Sustituye el premio ligado a la planilla y los aumentos selectivos permanentes del sueldo base por un bono anual condicionado, pagadero hasta abril siguiente. El rojo identifica la pérdida de esa modalidad de incremento permanente y el diferimiento del premio; no prueba que cada trabajador reciba menos dinero. Para comparar montos individuales faltan remuneraciones y evaluaciones.
Evaluación para el 0,5% del premio y para los incrementos selectivos; reglas definidas por la Corporación.
p. 10 · p. 11 · p. 15 · p. 16Desempeño individual: $440.000 de referencia; desempeño esperado paga 100%, sobresaliente 120%. Resultado institucional: $120.000 de referencia, condicionado a resultado financiero positivo y objetivos; escala de 0% a 120%.
p. 9 · p. 10 · p. 11 · p. 12El desempeño ya se evaluaba, pero el nuevo bono incorpora una condición de resultado financiero positivo del colegio para su componente institucional. El amarillo identifica continuidad del incentivo con nuevas condiciones; los $440.000 y $120.000 son referencias de un modelo nuevo, no montos anteriores que se hayan mantenido.
El premio no tenía estos cuatro factores ponderados.
p. 15 · p. 16Participación: $120.000 de referencia; ≥95% asistencia paga 100%, 85% a menos de 95% proporcional, menos de 85% cero. Antigüedad: $120.000; 100% desde diez años, 75% desde cinco a menos de diez, 50% desde dos a menos de cinco y 0% con menos de dos.
p. 10 · p. 11Mantiene un incentivo anual bajo una estructura nueva, sujeto ahora a asistencia y tramos de antigüedad para estos componentes. La asistencia afecta solo $120.000 de referencia del bono anual, no todo el bono. No hay equivalencia directa de estos componentes con partidas anteriores.
No existe un umbral comparable de asistencia en gratificación y aguinaldo.
p. 12 · p. 13 · p. 14 · p. 15Excluye feriado legal, permisos remunerados del contrato, maternidad y postnatal parental, accidentes laborales y enfermedades profesionales, permisos sindicales, días administrativos y demás permisos legales.
p. 11 · p. 15Las exclusiones acotan una condición de asistencia nueva; no son una mejora frente a una gratificación que antes carecía de ese umbral. La lista no menciona expresamente toda licencia por enfermedad común. Debe aclararse su tratamiento sin asumir que toda ausencia justificada descuenta.
3,17 UF brutas mensuales, pagadas semestralmente en marzo y septiembre, para docentes con certificación y docencia en inglés según planes de estudio.
p. 11 · p. 12Máximo de 38,04 UF anuales. Aprobación FCE de alumnos: ≥90% paga 100%; 80–89% paga 75%; 70–79% paga 50%; menos de 70% cero. Una cuota el mes siguiente a resultados oficiales, desde 2027; contrato vigente al pagar y proporcionalidad para ingresos durante el año.
p. 12 · p. 13Conserva el máximo anual equivalente a 3,17 UF por mes (38,04 UF), pero añade resultados FCE que pueden reducirlo a 75%, 50% o cero, y reemplaza dos pagos semestrales por uno posterior a los resultados. Mantiene certificación y docencia en inglés. No es un monto garantizado.
0,35 por hora lectiva; tablas, regla de deporte y entrenamiento, y una hora por reuniones con exclusiones.
p. 4 · p. 5 · p. 6Conserva 0,35 y las reglas generales. En deporte/entrenamiento precisa hasta 21 horas para un tramo y de 22 a 27 para el siguiente.
p. 3 · p. 4 · p. 5Mantiene la fórmula de 0,35 horas pedagógicas por hora lectiva y la tabla general. Aclara que 22 horas de deporte corresponden al tramo de dos horas de asignación; la tabla anterior superponía el límite 22. No se atribuye una mejora monetaria a esa aclaración sin conocer la aplicación anterior.
10,60 UF profesor jefe; 10,23 UF jefe de departamento; 5,03 UF coordinación inglés, CAS, monografía y educación física/deportes. Excepciones individuales en Anexo 2 y compensación tras cinco años continuos con tope once.
p. 6 · p. 7Mismos valores desde marzo de 2027, pero la lista dice coordinación TOK, CAS, Monografía y Educación Física/Deportes. Explicita que las reuniones de apoderados no generan pago adicional. Conserva compensación y permanencias de 10 y 9 horas.
p. 5 · p. 6Mantiene los valores en UF, las permanencias y la fórmula de compensación. Omite coordinación de inglés y añade TOK: reducción de cobertura para una función e incorporación para otra. También omite la referencia al término desde el año escolar siguiente y la excepción del Anexo 2. El efecto individual debe revisarse; no todos los titulares ganan o pierden lo mismo.
Fondo de diez colegiaturas Senior: 0,33 para hijos en el colegio y 9,67 para bono; descuento de 50% incorporación; antigüedad y jornada mínima según beneficio.
p. 7 · p. 8Reproduce fondo, distribución y requisitos. Bono en marzo y agosto desde 2027; dos años continuos y jornada de al menos 30 horas para letras a) y c).
p. 6 · p. 7Mantiene fondo, distribución, descuento, requisitos y dos pagos anuales. Las condiciones de antigüedad y jornada ya existían: no se marcan como una restricción nueva.
Prima colectiva de 120 UF mensuales; mayores costos a cargo del sindicato o trabajador; participación sindical en cotizaciones y decisión final del colegio.
p. 8 · p. 9Mantiene 120 UF mensuales para salud y esas reglas. No incorpora una cláusula de seguro dental.
p. 7 · p. 8Mantiene la prima colectiva de 120 UF y las reglas principales de cobertura y mayores costos. Explicita afiliación voluntaria. No había un seguro dental separado en la base de 2023, por lo que su ausencia no se clasifica como pérdida de un beneficio de esa base.
Desde marzo de 2024: $52.884 o $65.104 según jornada, proporcional a días trabajados y con reajustes por IPC.
p. 4 · p. 9Desde marzo de 2027: $58.494 o $72.009 según jornada y días efectivamente trabajados. La cláusula de IPC no incluye movilización.
p. 8 · p. 18Elimina el reajuste por IPC de movilización. Los valores escritos nuevos son mayores que los impresos para 2024, pero estos últimos estaban sujetos a reajuste: no basta esa diferencia nominal para afirmar una mejora. El rojo corresponde a la pérdida de reajustabilidad; falta el valor actualizado para cuantificar la diferencia inicial.
Servicio de almuerzo igual al de alumnos para jornadas con colación, horario y evaluación externa definidos por el colegio.
p. 9Mantiene el servicio y la evaluación externa.
p. 8 · p. 9Mantiene servicio, destinatarios, horario y evaluación de calidad. Las condiciones de acceso ya estaban en la base.
Recargo legal sobre el sueldo base cuando proceda.
p. 10Conserva el recargo legal sobre sueldo base.
p. 9Mantiene el recargo legal sobre sueldo base cuando correspondan horas extraordinarias.
Feriado legal y dos días adicionales para no docentes que no tuvieran feriado adicional, sujetos a coordinación y autorización.
p. 14Mantiene la estructura y explicita que los días convencionales no se acumulan de un año a otro.
p. 16Mantiene los dos días adicionales para no docentes elegibles y la autorización previa, pero agrega expresamente que el feriado convencional no se acumula de un año a otro. El color identifica esa limitación añadida.
Una vez por año, tres primeros días de licencia menor a once días. Un día administrativo por semestre entre enero de 2024 y diciembre de 2025, fraccionable en medios días, con aviso y restricciones.
p. 14Licencias desde noviembre de 2026; un día administrativo por semestre entre enero de 2027 y diciembre de 2028, con condiciones semejantes.
p. 16Mantiene los tres primeros días de una licencia menor a once días, una vez al año, y un día administrativo semestral con requisitos ya existentes. Renueva el calendario administrativo a 2027–2028; no cubre expresamente enero–abril de 2029. La limitación a dos años también existía en la base.
Afiliación al organismo administrador del seguro de accidentes laborales.
p. 14Mantiene la afiliación.
p. 17Mantiene la afiliación al organismo administrador y la cobertura remitida por la cláusula.
Cuota mortuoria de 15 UF en casos previstos; $2.500 mensuales para seguro de vida desde marzo de 2024.
p. 15Conserva ambos montos, con aporte desde marzo de 2027 y reglas de acreditación.
p. 17 · p. 18Mantiene 15 UF y $2.500 mensuales para seguro de vida. El aporte de $2.500 tampoco figuraba entre los conceptos reajustables de la cláusula cuarta de 2023: no corresponde atribuirle una pérdida de IPC que esa base no establecía.
Listados por función y entregas en marzo de 2024, 2025 y 2026.
p. 16 · p. 17 · p. 18Listados por función y entregas marzo de 2027, 2028 y 2029. Parca, lentes de sol UV, abrigo/cortavientos y jockey: entrega bianual en 2027 y 2029. Protección personal se repone cuando sea necesario.
p. 18 · p. 19 · p. 20Reduce de anual a cada dos años la entrega de parca, lentes UV, abrigo/cortavientos y jockey. Conserva las demás prendas y explicita reposición de elementos de protección cuando sea necesaria.
$47.134 diarios para giras en Chile y $58.918 fuera del país; sujetos al IPC; traslado, alimentación y alojamiento cubiertos.
p. 4 · p. 18$53.491 diarios en Chile y $67.058 fuera del país; mantiene cobertura de gastos y agrega estos viáticos al IPC de septiembre 2027 y 2028.
p. 18 · p. 20 · p. 21Mantiene los viáticos y los gastos cubiertos, pero cambia el IPC semestral por los reajustes de septiembre de 2027 y 2028. El rojo corresponde a esa menor frecuencia. Los nuevos montos nominales no prueban una mejora real: deben compararse con los valores anteriores ya reajustados.
Tabla de $110.000 a $440.000 según superficie. El colegio puede no realizar trabajos o contratar externos.
p. 18Mantiene tabla y facultad de ejecución o contratación externa.
p. 21Mantiene la tabla y las condiciones para encargar las labores. Pintura no estaba incluida entre los conceptos con IPC en la cláusula cuarta de 2023: el monto nominal sin reajuste no es una restricción nueva frente a esa base.
Retorno al domicilio para personal de servicio en eventos después de las 21:00.
p. 19Mantiene la regla.
p. 21Mantiene el transporte al domicilio para personal de servicio en eventos después de las 21:00.
3,47 UF mensuales y 1,94 UF en el caso Infant indicado; proporción por turnos/días trabajados; límites de 90 minutos semanales y 45 por turno.
p. 19No se identifica una cláusula equivalente en las cláusulas 1–30.
p. 3 · p. 25No reproduce el bono colectivo ni los límites de duración de los turnos. El rojo expresa la omisión en la oferta, sin concluir que por sí sola extinga derechos individuales o legales.
Dos cupos anuales en 2024 y 2025; $30 millones anuales; topes de once remuneraciones y 90 UF; adicional de $10 millones para antigüedad superior a 25 años. Comunicación en septiembre.
p. 19 · p. 20Dos cupos anuales en 2027 y 2028 y $30 millones, con mismos topes y adicional; comunicación a más tardar en agosto, para aprobación de la Corporación.
p. 21 · p. 22Mantiene dos cupos, $30 millones, topes y adicional de $10 millones, pero adelanta la postulación de septiembre a agosto y explicita aprobación de la Corporación. Las incompatibilidades y la no acumulación ya existían. No hay mejora nominal del fondo frente a 2023.
15 UF a diez años; 25 UF a veinte, treinta o cuarenta; pago único al cumplir el hito, en diciembre.
p. 21Mantiene tabla, hitos y requisito de contrato vigente al 1 de diciembre.
p. 22 · p. 23Mantiene montos en UF, hitos, pago único en diciembre y contrato vigente al 1 de diciembre.
Beneficio en las formas previstas por la legislación.
p. 21Conserva esa remisión.
p. 23Mantiene el beneficio mediante remisión a las formas previstas por la legislación.
Espacios, mobiliario exclusivo y aporte de $1.200.000 en diciembre 2023 y marzo 2024 y 2025.
p. 21Espacios y $1.500.000 en febrero de 2027, 2028 y 2029. Señala permisos sindicales a cargo del sindicato; no reproduce el mobiliario exclusivo.
p. 23Aumenta el aporte por pago de $1.200.000 a $1.500.000 (+25% nominal); ambos textos enumeran tres pagos. Mantiene espacios, pero no reproduce el mobiliario exclusivo. El pago de permisos sindicales a cargo del sindicato se explicita sin que la base estableciera aquí quién los pagaba: no se presume una rebaja de un aporte patronal no escrito.
No se identifica una cláusula separada en el contrato.
Revisión del documento completo.Programa voluntario: colegio paga al proveedor; devolución por el trabajador en cuatro cuotas, con autorización y límites. Máximo doce equipos al año, inscripción marzo–julio.
p. 24Incorpora una facilidad de financiamiento que no se identifica en la base: hasta doce equipos por año, pagados por el trabajador en cuatro cuotas, con autorización y límites. La mejora es el acceso al programa, no un computador gratuito ni un aumento de sueldo.
No identificados como cláusulas separadas en el contrato base.
Revisión del documento completo.No se identifican en la nueva oferta del 28.
p. 3 · p. 25No aparecen como cláusulas separadas en ninguno de los dos documentos comparados. Azul significa ausencia de cambio documental, no que estos beneficios estén garantizados.
Cláusula preliminar: mesa sindical/colegio para prevención y protección de salud mental, bimensual o con periodicidad acordada.
p. 2No se identifica cláusula equivalente.
p. 3 · p. 25No reproduce la mesa de salud mental prevista en la cláusula preliminar de 2023. Se omite un mecanismo colectivo de prevención y seguimiento.
Reserva de información y extensión a no afiliados con seis meses de antigüedad, pago del 100% de cuota sindical, exclusiones y beneficios exceptuados de cuota.
p. 2 · p. 3 · p. 22 · p. 23Conserva el esquema; actualiza referencias al bono refundido. La lista continúa en p. 26 antes del bloque de firmas.
p. 3 · p. 24 · p. 25Mantiene la confidencialidad y la estructura general de extensión: seis meses, cuota sindical y exclusiones, actualizando referencias al bono refundido. El cambio de alcance personal se revisa en el último punto; este azul no confirma igualdad de todos los beneficios extendidos.
Bono de término de $540.540 en noviembre 2023 por una vez. Ex bono IB incorporado al sueldo base de beneficiarios en enero de 2024 mediante $23.018 por única vez.
p. 11 · p. 12 · p. 23No se identifican nuevos pagos equivalentes separados.
p. 3 · p. 25No ofrece un nuevo bono de cierre equivalente a los $540.540 de 2023 (rojo: no renovación de un pago único, no deuda automática). La ausencia del ex bono IB no revierte por sí sola los $23.018 ya incorporados al sueldo base (azul: no se propone expresamente retirar ese incremento).
19 de octubre de 2023 a 18 de octubre de 2026. Alcance a socios que ingresaran durante la vigencia, con comunicación al empleador.
p. 2 · p. 3 · p. 23Declara dos años y seis meses: 19 de octubre de 2026 a 18 de abril de 2029. Cláusula de partes remite a trabajadores del Anexo 1.
p. 3 · p. 25La vigencia cambia de tres años a dos años y seis meses. Una duración menor no es por sí sola una mejora o una rebaja monetaria. El alcance pasa de socios que ingresen durante la vigencia a una remisión al Anexo 1, aunque la gratificación sí contempla afiliados posteriores. Se requiere aclaración antes de asignar un color concluyente a este punto mixto.
Por confidencialidad, el contrato colectivo de 2023, las ofertas y los demás documentos de negociación no se ofrecen para descarga ni como imágenes. Se conservan sus referencias de página y el análisis, sin publicar sus copias.
Fuentes recibidas: contrato colectivo 2023; oferta fechada el 13/10/2026; Resolución 610 de 15/10/2026; comunicado sindical de negociación; captura del correo del Directorio de 23/10/2026. Se incorporó además la cronología remitida por el sindicato el 25/10 y la entrevista publicada por El Ciudadano el 24/10. Se incorporaron la carta y las preguntas y respuestas del Directorio del 24, además del texto del comunicado sindical previo al 26. Se incorporaron la nueva oferta escrita del 28 de octubre y la carta a trabajadores de la misma fecha. Se incorporaron también el tercer comunicado sindical del 29 de octubre, el detalle de votación informado (140 rechazos y 1 aprobación), el comunicado del CPA sobre el SIMCE, el reporte sindical de la jornada y las nuevas referencias en medios. No se ha aportado la memoria de cálculo financiera sindical ni las actas de votación. La existencia de múltiples capturas del bloqueo de correos fue confirmada por el solicitante; las capturas no se incorporan a esta edición.
Distinción necesaria: las condiciones anteriores, el piso legal de negociación y las nuevas demandas no son conceptos idénticos. El reajuste por IPC se muestra como condición anterior y demanda sindical, sin afirmar que integre automáticamente el piso legal. Esta página describe documentos y posiciones, no resuelve controversias jurídicas.