Rechazo · 31 de octubre
129 rechazos y 1 aprobación, sobre 130 votos. Conteo oficial informado para esta actualización; porcentaje redondeado a dos decimales. Esta votación es distinta de la del 29 de octubre.
31 OCT 2026 · Negociación
El sindicato informa el resultado de la votación del 31 y explica las materias que siguen en discusión.
El sindicato informa que recibió una propuesta la tarde del viernes 30 y que fue rechazada con 129 votos en contra y 1 a favor en la votación realizada a las 13:00 del sábado 31 de octubre: 99,23% de rechazo sobre 130 votos. Mantiene su disposición al diálogo.
129 rechazos y 1 aprobación, sobre 130 votos. Conteo oficial informado para esta actualización; porcentaje redondeado a dos decimales. Esta votación es distinta de la del 29 de octubre.
Premio, gratificación, dos permisos, aporte condicionado y tratamiento del lunes 2 de noviembre.
Según el sindicato: preservar el piso respecto del premio al desempeño y de la gratificación.
Descargar cuarto comunicado sindical · versión corregida · PDF, 2 páginas
Fuente: cuarto comunicado sindical corregido, pp. 1–2. Se incorpora el 31 de octubre; el documento dice «hoy» y no lleva fecha de emisión expresa. Este resumen presenta el relato del sindicato: no se ha aportado aquí el texto de la nueva oferta del 30 para cotejar sus cláusulas.
El sindicato señala que sigue sujeto a indicadores y que no contempla reajuste por IPC durante 30 meses. Cuestiona las garantías de objetividad de las exigencias.
Qué significa: el monto anunciado no equivale a un pago asegurado. Además, el sindicato denuncia un error en los montos de la propuesta del colegio; esa es la posición que recoge este resumen.
Fuente: p. 1.Para futuros afiliados se eliminaría la tabla reducida y se aplicaría la de los socios actuales. El sindicato señala que no tiene información del colegio sobre posibles nuevas contrataciones desde enero de 2027.
Qué significa: se igualaría la tabla entre grupos; eso no demuestra que se recupere el monto ni todas las condiciones del contrato de 2023.
Fuente: p. 1.Se ofrece un día adicional para trabajadores no docentes en el mes de mayo.
Por precisar: el comunicado no detalla su uso ni cómo se relaciona con el cómputo de asistencia. El sindicato cuestiona la coherencia con los umbrales exigidos.
Fuente: p. 1.La oferta descrita añade un día anual para todos.
Por precisar: falta cotejar la regla de uso y las exclusiones de asistencia en el nuevo texto. No se afirma aquí que usarlo reduzca un premio.
Fuente: p. 1.Se describe un aporte al sindicato en abril de 2028 y abril de 2029, sujeto a que la morosidad sea menor al 5% en cada año.
Qué significa: no es un pago garantizado ni individual. Deben precisarse el período de medición y el alcance del monto en cada fecha.
Fuente: pp. 1–2.Según el comunicado, no se descontaría ese día si la huelga termina el lunes 2.
Qué significa: es una condición propuesta, no el anuncio de un acuerdo. El sindicato señala que los cinco primeros días ya fueron descontados; el comunicado añade que esos días descontados no se podrán recuperar.
Fuente: p. 2.$916.000: máximo indicado en el título y primer desarrollo. $960.000: máximo citado más abajo, junto a un pago de $680.000. $800.000: suma de los topes por indicador que denuncia el sindicato.
El comunicado corregido atribuye un error a la propuesta del colegio: según el sindicato, los topes por indicador suman $800.000 y no los $960.000 citados. El mismo documento menciona $916.000 como nuevo máximo. Este resumen recoge la denuncia sindical; sin cotejar la propuesta original, no fija un máximo definitivo. Fuente: p. 1.
¿Por qué mostramos este gráfico? Según el cuarto comunicado, la propuesta vincula el aporte de $45 millones al sindicato, previsto para abril de 2028 y abril de 2029, a que la morosidad del colegio sea inferior al 5%. El gráfico compara los porcentajes informados con esa condición para mostrar que el aporte no estaría asegurado.
Si en el período que corresponda medir la morosidad llega al 5% o lo supera, no se cumpliría la condición para recibir ese aporte. Por tanto, el sindicato no puede contar con esos recursos como garantizados: su entrega dependería del pago de obligaciones de las familias al colegio, y no solo del trabajo realizado por los funcionarios.
Esto no significa que se descuente ese porcentaje del sueldo ni que cada profesor reciba una parte fija de los $45 millones. Se trata de un aporte colectivo al sindicato; el comunicado no establece su distribución individual. Quedan por aclarar el período de medición, la definición de morosidad y el alcance del monto en cada fecha.
El sindicato cuestiona que la condición no distinga entre deuda cobrable e incobrable y considera que traslada a los trabajadores un riesgo de recaudación del colegio. Esta es su interpretación del aporte condicionado.
Porcentajes totales reproducidos por el sindicato. Línea punteada: 5%. Escala común: 0–6%.
Lectura del gráfico: 2023–2025 están bajo el umbral; 2026 figura en 5,3%, por encima. Son datos históricos informados, no una predicción de los pagos de 2028 o 2029. Un 5% exacto tampoco cumple «menor al 5%».
| Año | Incobrable | Cobrable | Total informado |
|---|---|---|---|
| 2023 | 2,48% | 2,02% | 4,5% |
| 2024 | 2,7% | 1% | 3,7% |
| 2025 | 2,85% | 2,09% | 4,9% |
| 2026 | Sin datos | Sin datos | 5,3% |
En 2025 los componentes suman 4,94%; el total se muestra como 4,9% en el documento. El sindicato cuestiona que no se distinga deuda cobrable de incobrable al condicionar el aporte. No se dispone de la definición ni del período exacto de medición de la nueva cláusula.
Fuente: cuarto comunicado corregido, p. 2; el sindicato atribuye los datos a información entregada por el colegio. No se han revisado aquí los registros financieros originales.
Cada barra muestra el porcentaje de aumento consignado para ese año, no montos en pesos. Escala común: 0–20%.
Qué se observa: en 2024 y 2025 los porcentajes de ingresos y remuneraciones docentes son cercanos; en 2023 las remuneraciones docentes crecen más. Las remuneraciones de administración muestran otra trayectoria.
Qué no permite concluir: estos porcentajes por sí solos no prueban rentabilidad, liquidez ni capacidad para financiar un acuerdo. Faltan montos base, otros gastos y remuneraciones de 2026. «s/d» significa sin datos, no crecimiento cero.
Fuente: p. 2. El comunicado distingue a los administrativos sindicalizados: representan, según el sindicato, el 20% de las remuneraciones anuales de administración; informa un promedio mensual de $1.432.173 brutos para esos socios. No equivale al promedio de toda la administración.